EDICTO JUDICIAL – SUBASTA: solicitud de publicación

15-08-2024 Chajari | Judiciales

edicto

El Sr. Juez a cargo del despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Chajarí (E.R.), Dr. JOSE MANUEL LENA, Secretaría del Dr. FACUNDO MUNGGI, en los autos «GONZALEZ, Elsa Ester C/ LEMA, Pedro Salvador S/ MONITORIO EJECUTIVO” Expte. 15014/23, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Chajarí, provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. José Manuel Lena (Juez), Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi (Secretario), a fin de COMUNICAR la fecha de subasta que tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará 29 de agosto de 2024 a la hora 11:00, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, https://subasta.jusentrerios.gov.ar, finalizando el día 6 de septiembre de 2024 a la hora 11:00, del automotor Dominio AA 319 IW, marca Chevrolet, tipo sedán 4 puertas, modelo Prisma 1.4 N LTZ, año 2016, de titularidad del demandado, LEMA Pedro Salvador D.N.I N° 13.643.281.- El auto que así lo ordena en su parte pertinente dice: C H A J A R I, 6 de junio de 2024. 1.- Decrétase el remate del rodado marca Chevrolet, modelo Prisma 1.4 N LTZ, año 2016, DOMINIO AA319IW, propiedad del demandado, en las condiciones y estado en que se encuentra conforme al mandamiento de secuestro y verificación policial de fecha 01/12/2023. Dicho acto se realizará a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Poder Judicial de Entre Ríos (Reglamento SJE, Acuerdo General N° 29/21 del 28.09.21, Punto 1°), con intervención del Martillero designado en autos, Juan José Fortuny, Martillero público, matrícula profesional N° 1083.- El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el 29 de agosto de 2024 a la hora 11:00 horas, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el 6 de septiembre de 2024 a la hora 11:00 horas.-Para participar de la subasta, los interesados (personas físicas o jurídicas) deberán estar previamente registrados como usuarios en el Portal de Subastas https://subasta.jusentrerios.gov.ar, art. 6. Reglamento SJE 2. Condiciones de venta: a) Base: El rodado saldrá a la venta por la base de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000).- Se fija un monto incremental de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000), hasta los $5.000.000, a partir de allí se establece un monto incremental de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) hasta finalizar la subasta.-b) Comunicación de la oferta ganadora: Quien resulte mejor postor de la subasta, será notificado en su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de su inscripción como Usuario del sistema. El tribunal agregará al expediente la constancia – como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. c) Pago del precio: El ganador deberá efectivizar el pago del precio, más la comisión del martillero (10%), y el costo por el uso del sistema (3% más IVA) a través de cualquiera de las modalidades de pago autorizadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de finalizado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE.- d) Postor remiso; llamado al 2do o 3er postor: En caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el pago alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior, se dará aviso desde el portal y el mail denunciado en la inscripción como postor a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 25 del Reglamento SJE). En caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. e) Entrega del bien: con el pago del precio, se procederá a la entrega del bien. f) Compensación del precio para el acreedor: La eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, sólo se admitirá en caso de autorización judicial previa (art. 15 Reglamento SJE).- g) Obligaciones del comprador desde la entrega del bien: El adquirente está obligado al pago del impuesto automotor desde que se hallare en condiciones de ser aprobado el remate judicial o se ostente la posesión, lo primero que ocurra (art. 279 – Código Fiscal-). h) Impuestos y gastos de transferencia: Dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación del remate -art. 240 Código Fiscal-, y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá acreditar el pago del sellado previsto por el art. 210 del Código Fiscal y el art. 12. inc. 10) de la Ley Impositiva. 3. Publíquese edictos por dos veces en el boletín oficial y en el medio periodístico de esta ciudad que elija la parte ejecutante, anunciando la subasta, lo que deberá hacerse con SEIS días de antelación, haciéndose constar en los mismos, el estado del mismo incluyendo kilometraje, y horario y lugar de visita; debiendo transcribirse estrictamente la presente resolución, sin hacer referencias de valoración sobre el bien a subastar, asimismo deberá hacerse constar que queda a disposición de las partes interesadas el expediente para el examen del título y deudas que pesan sobre el rodado.4. Hágase saber al martillero que deberá: a) Publicar en el «Portal», dentro del plazo de los cinco (5) días contados desde la carga del Expediente por parte del organismo judicial, una descripción detallada del bien, al menos seis (6) fotografías y/ o un video que reflejen adecuadamente el estado del mismo incluyendo kilometraje.- Además, imágenes de los informes de dominio, título y acta de secuestro; sus datos profesionales y de contacto y toda otra información que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos; b) Responder adecuadamente las consultas de los interesados dentro de las veinticuatro horas de realizadas en el «Portal», de manera de que tengan mayor conocimiento de las características del bien objeto de la venta.-5. Publíquese el remate en el «Portal de Subastas del Poder Judicial» con el decreto de subasta y especificación de la fecha y hora de inicio y cierre de la subasta (art. 10 del Reglamento).- 6. Notifíquese a los jueces embargantes y con inhibiciones vigentes: Al Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1, secretaría única del departamento judicial de Pergamino, para que tomen razón en los autos: «FISCO DE LA PCIA DE BS AS C/LEMA PEDRO SALVADOR S/APREMIO», Expte 9490-2022, y en autos: «FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LEMA, PEDRO SALVADOR S/APREMIO», Expte. Nº 9459-2022; Al Tribunal del Trabajo Nº 1, Pergamino, secretaría única, para que tome razón en los autos: «PAZ, LAURA SOLEDAD C/ LEMA, PEDRO SALVADOR S/ DESPIDO», EXPTE. Nº 45321.-Asimismo notifiquese a los acreedores ARBA, Municipalidad de Pergamino Prov. de Bs. As., y Banco de la Provincia de Buenos Aires entidad inhibiente del demandado en los autos «BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/LEMA PEDRO SALVADOR S/COBRO EJECUTIVO», Expte 76.615 (no constando datos del juzgado de radicación del mismo), y a la Oficina de Subastas Judiciales (art.3 del Reglamento), librándose los despachos del caso en la forma de estilo.- 7. Todos los recaudos ordenados precedentemente deberán obrar en autos al momento de la subasta. NOTIFICAR por SNE. Firmado digitalmente: Dr. JOSE MANUEL LENA – JUEZ

Autor: Oscar Arnau
Fuente: TAL CUAL CHAJARI

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