Durante las última dos semanas se conocieron novedades en la causa que se investiga por la muerte de la familia Telliz, en la Ruta Provincial N° 44, el pasado 2 de abril de 2024 y en la que está involucrado un menor de 16 años.
Antes de iniciar este desarrollo aclaramos que se ha relevado, dentro de las posibilidades, los diversos elementos que se encuentran en la causa, desde un análisis absolutamente jurídico, sin entremezclar los sentimientos humanos, tanto de una como, de otra parte, que los conocemos, pero que no los sopesamos en el análisis general ya que esto es imposible de mensurar, y cada una de las partes tienen sus razones y explicaciones.
En este sentido recurrimos a la palabra de la Fiscal en la causa Dra. Josefina Penón, como así también a otras fuentes confiables que nos permitieron realizar este informe.
1-Solicitud de la Querella y la Defensa
La Fiscal Penón afirmó “la Fiscalía se basa en las pruebas colectadas para realizar una imputación. En este caso, aunque fiscalía tiene serias sospechas que la conducta del menor imputado sería “temeraria, imprudente y grave”.
Y agrega “para que la Fiscalía modifique la imputación y la amplíe respecto del padre del imputado debería ser un “homicidio intencional” afirmó la Fiscal.
2-Cambio en la descripción del hecho por parte de la Fiscalía.
Si uno toma las dos Resoluciones de Fiscalía realizadas el 25 de abril y el 30 de julio de 2024, se observan dos descripciones del hecho, por la cual se hace la imputación correspondiente. En la primera textualmente la Fiscalía relata “El día 02 de abril de 2024 siendo aproximadamente las 21:35 horas, en la intersección de ruta Provincial Nº44 y Acceso a tránsito pesado de la ciudad de Federación (Entre Ríos), —- de 16 años de edad conduciendo de forma imprudente el vehículo Chevrolet Cruze….por circunstancias que se tratan de establecer pierde el control del vehículo mordiendo parte de la banquina y al reingresar a la calzada no logrando corregir la dirección del vehículo invade el carril opuesto impactando la parte frontal izquierda del Volkswagen Fox…” mientras que el 30 de julio el relato es el siguiente “El día 02 de abril de 2024 siendo aproximadamente las 21:35 horas, —- de 16 años de edad, circulaba por la ruta Provincial Nº44 de Suroeste a Noreste, conduciendo de forma imprudente el vehículo Chevrolet Cruze…y ante una clara y evidente conducta temeraria al llegar a la intersección con el camino de Tránsito Pesado, es que invade el carril opuesto impactando la parte frontal izquierda del Volkswagen Fox…que circulaba por la misma Ruta Provincial Nª 44 en sentido contrario”.
En este sentido la Fiscal Penón dice “respecto de las maniobras del imputado, aún se están estudiando las causas de la pérdida de control del vehículo. Según el Perito Oficial, se desconoce el motivo por el cual el imputado invade el carril contrario. No hay otra pericia accidentológica en la causa que no sea la Oficial” afirmó.
Tal Cual en consulta con fuentes profesionales que conocen y han trabajado en casos de similares características nos confían en off “al modificarse la hipótesis del hecho y que con la pericia en que se funda el mismo comienzan a aparecer algunas dudas”.
No obstante, la Fiscal Penón aclara en un momento de la entrevista con TAL CUAL CHAJARI que si “en la audiencia ante el Juez de Garantías las partes hacen saber su teoría del caso y ofrecen la prueba para el debate” aseveró.
Ante esto el escenario de investigación del trágico hecho que enluto a la familia Telliz y conmocionara a toda la región, las dudas y las teorías comienzan a fluir, ya que con los elementos reunidos hay pericias que deberían dar solidez a las declaraciones de testigos presenciales.
Resulta de vital importancia para el análisis y comprensión de las diferentes teorías, particularmente las que sostienen la culpabilidad del menor que se constaten en un futuro debate en donde todas las partes tendrán oportunidad de desarrollar sus explicaciones de cómo ocurrieron los hechos concretamente.
Hay precisiones que la Fiscalía, hasta el momento abona y defiende: como por ejemplo en una afirmación donde dice “por el momento se descarta imprudencia de las víctimas en el hecho”.
Se está trabajando para presentar la remisión de causa a juicio lo más pronto posible, aunque no hay estimación de una fecha inmediata ya que se continúa proveyendo producción de evidencia solicitadas por la Defensa y la Querella, por ejemplo, la Defensa ha solicitado que el Juez de Garantías haga lugar a la colección de evidencia que fuera denegada por la Fiscalía.