El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Chajarí (ER), a cargo del Dr. MARIANO LUIS VELASCO (Juez), Secretaría a cargo de la Dra. VERONICA P. RAMOS, en los autos caratulados » VARGAS Esteban Ernesto S/ SUCESORIO AB INTESTATO«, Expte. Nº 6776/24, cita y emplaza por el término de TREINTA DIAS bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por ESTEBAN ERNESTO VARGAS, DNI Nº 24.806.524, fallecido el día 09/12/2023, en Concordia, Prov. de Entre Ríos, vecino que fuera de la ciudad de Chajarí, Prov. de Entre Ríos.- Publíquese por TRES DIAS.- La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: » Chajarí, 29 de octubre de 2024. Proveyendo la presentación del 28/10/2024, 18:41 hs.: Por presentados SILVIA LORENA KLEIN, ESTEBAN RENÉ VARGAS y DANIELA LUCILA VARGAS, con domicilio procesal constituido y real denunciado, con patrocinio letrado, por parte y documentación de su referencia acompañada. Al estar «prima facie» acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito del testimonio de defunción acompañado, declaro abierto el PROCESO SUCESORIO «ab-intestato» del Señor ESTEBAN ERNESTO VARGAS, vecino que fuera de Chajarí, Departamento Federación (ER). Publíquense edictos por TRES DIAS en el BOLETIN OFICIAL y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta ciudad citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de TREINTA DIAS así lo acrediten. La publicación ordenada deberá acreditarse adjuntando comprobante de factura y la publicación digital en el expediente. – …- firmado digitalmente por: Mariano Luis Velasco -Juez Civil y Comercial N° 2-«.
CHAJARI, 14 de noviembre de 2024.
Dr. FACUNDO MUNGGI
Secretario Subrogante