El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Chajarí (ER), a cargo del Dr. MARIANO LUIS VELASCO (Juez), Secretaría a cargo de la Dra. VERONICA P. RAMOS, en los autos caratulados «PERCARA Juan Carlos S/ SUCESORIO AB INTESTATO» Expte. Nº 6831/24, cita y emplaza por el término de TREINTA DIAS bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por PERCARA JUAN CARLOS, DNI Nº 14.588.713, nacido el dia 24/06/1961, fallecido el dia 19/09/2024 en Villa del Rosario, Departamento Federación, con último domicilio en Colonia Villa del Rosario Esc. Provincial Nº 15, localidad Villa del Rosario, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos.- La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: «Chajarí, 21 de febrero de 2025…- Proveyendo la presentación del 20/02/2025: Por presentado MATÍAS HUGO PERCARA, con domicilio procesal constituido y real denunciado, con patrocinio letrado de la Dra. MAGALI ANTONELLA STIVANELLO, por parte y documentación de su referencia acompañada. Al estar «prima facie» acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito del testimonio de defunción acompañado, declaro abierto el PROCESO SUCESORIO «ab-intestato» del Señor JUAN CARLOS PERCARA, vecino que fuera de Colonia Villa Del Rosario, Departamento Federación (E.R.). Publíquense edictos por TRES DIAS en el BOLETIN OFICIAL y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta ciudad citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de TREINTA DIAS asi lo acrediten.- firmado digitalmente por: Mariano Luis Velasco -Juez Civil y Comercial N° 2-«.
Publíquese por TRES DIAS.
CHAJARI, 26 de Febrero de 2025.
Dra. VERONICA P. RAMOS
Secretaria