El pasado 23 de mayo, en los Tribunales de Chajarí, se resolvió en Juicio Abreviado, una prisión efectiva por delitos muy graves: abuso sexual con acceso carnal, violencia de género y privación ilegítima de la libertad.
Esta resolución judicial, que será contada a modo de historia, con el único objeto de reconocer y reconocernos en el marco de una sociedad donde hay individuos capaces de cometer los más aberrantes delitos en contra de una mujer o de un menor. Por ello los nombres son ficticios, no en resguardo del violador que fue condenado sino para evitar la revictimización de la mujer que fue objeto de la maldad de su pareja.
Cómo sociedad nos debemos esta materia, ya que, si bien bregamos, castigamos y luchamos en contra de la violencia, luego de conocidas las identidades de quienes las sufrieron, en muchas oportunidades tenemos una postura discriminatoria, hasta límites a veces de intentar fundamentar esa violencia en límites inverosímiles.
En noviembre del 2023 Sonia (a partir de ahora la víctima) se dirigía junto a su hijo menor a la casa de una amiga en el Barrio Guarumba, ciudad de Chajarí, cuando es interceptada por su expareja, Antonio (a partir de ahora el violador) y la invita a viajar a San Jaime para devolverle algunos elementos que le pertenecían. Sonia se niega y Antonio le propina un fuerte golpe en la cabeza, la desmaya, la carga en su auto y la lleva a San Jaime.
Llegados a destino, la encierra en una casa junto a su hijo hasta el día siguiente y cuando llega a las 23 horas aproximadamente le quita su celular que lo tenía la mujer debajo de su almohada y lo azota contra el piso, destruyéndolo completamente.
Luego de la circunstancia del teléfono la toma de los cabellos la arrastra a la cocina y le propina una terrible golpiza, la tira al piso, le golpea a patadas los senos, toma una pava eléctrica y con el cable le pega por las piernas.
Luego el violador toma un cuchillo, aunque no logra cortarla y solamente la hiere en un dedo, debido a que la mujer se evadía de su agresor, a pesar de los golpes recibidos.
La toma nuevamente del cabello le mete los dedos en la garganta y la hace vomitar, luego le tapa la nariz para que no respire, aquí la mujer logra escapar por una puerta trasera y el violador toma el cuchillo nuevamente y amenaza al menor diciéndole que si se escapa mata a su hijo.
Momentos más tarde y al volver la mujer a la habitación la lleva a habitación, la desnuda y la viola, con acceso carnal, dejándola totalmente casi desmayada en el suelo, y minutos después la orina.
Como corolario de este “infierno” el violador la amenaza diciéndole que si cuenta lo ocurrido “le va a pasar algo” y que “le va a mandar gente conocida para que la vigile”.
Estos 8 hechos, totalmente comprobados y reconocidos por el violador, son elevados a juicio y se comprobó: LESIONES LEVES AGRAVADAS -1er, 4to y 5to hecho-; PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD -2do hecho-, DAÑOS -3er Hecho-; AMENAZAS COACTIVAS AGRAVADAS -6to Hecho-, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL -7mo hecho- y AMENAZAS -8vo Hecho- EN CONCURSO REAL (Art. 92, en función del 89 y 80 inc. 1 y 11, 141, 183, 149 ter 1º, 119 1er y 3er párrafo y 55 del CP) todo en un contexto de VIOLENCIA DE GÉNERO (arts. 4 y 5 de la Ley 26.485).
Por todos estos delitos y en JUICIO ABREVIADO se resolvió la pena de 7 AÑOS de prisión de cumplimiento efectivo.
Casos como estos tenemos muchos en nuestra ciudad y en nuestra región, la violencia claramente está enraizada en algunos sectores de nuestra comunidad y en su mayoría las mujeres la sufren diariamente y que a veces, por temor o por dependencia económica, no llegan a los estados judiciales para su real castigo, como el que acabamos de contar.